Fotomultas y radares: cuándo son válidas y cómo impugnarlas

Qué requisitos tiene que cumplir un radar, cuál es su margen de error, cómo saber si estaba verificado, cuánto tarda en llegar la notificación y qué hacer si la fotomulta no corresponde.

Actualizado: 10/2026

Respuesta rápida: una fotomulta es válida si el radar tiene aprobación de modelo y verificación periódica vigente (no más de un año, Resolución 753/98), si mide dentro del margen de error permitido (±3 km/h por debajo de 100 km/h, ±3 % desde 100 km/h), si el control estaba señalizado donde la norma lo exige y si te notificaron a tiempo. El acta va al titular del auto. Si algo falla, armá el descargo.

Qué es una fotomulta

Es una infracción detectada por un equipo automático, sin un inspector que te detenga: un radar de velocidad (cinemómetro), una cámara de semáforo o una cámara que controla carriles o zonas restringidas. El equipo registra la patente, la fecha, la hora y el lugar, y esa imagen es la prueba del acta.

  • Radares de velocidad. Fijos, móviles o de tramo (velocidad promedio entre dos puntos).
  • Cámaras de semáforo. Registran a quien cruza con luz roja o pisa la senda peatonal.
  • Cámaras de circulación. Carriles exclusivos, giros prohibidos o zonas restringidas.

Cuándo es válida una fotomulta

Para que un radar pueda multar, la Ley 19.511 de Metrología Legal y la Resolución 753/98 exigen tres controles sobre el equipo:

  1. Aprobación de modelo. El tipo de equipo tiene que estar aprobado antes de usarse.
  2. Verificación primitiva. Cada equipo se verifica antes de empezar a funcionar; los fijos, también con ensayos en tráfico real.
  3. Verificación periódica, en un lapso no superior a un año. La hace el INTI u otro laboratorio reconocido.

Además, el acta tiene que estar bien hecha (patente, fecha, hora y lugar correctos, con una imagen que muestre tu vehículo) y la infracción tiene que notificarse en forma fehaciente al titular. En la Provincia de Buenos Aires, los municipios necesitan autorización previa de la Provincia para poner radares en rutas nacionales o provinciales (Ley 13.927, art. 28).

El margen de error de los radares

La Resolución 753/98 fija cuánto se puede equivocar un radar en uso:

Velocidad medidaError máximo permitidoEjemplo
Menos de 100 km/h±3 km/hUna medición de 63 km/h puede ser, en realidad, de 60 km/h.
100 km/h o más±3 %Una medición de 124 km/h puede ser, en realidad, de unos 120 km/h.

Si la diferencia entre tu velocidad medida y el máximo del lugar es menor que ese margen, o si no se acredita que el equipo tenía la verificación vigente, la infracción es discutible. Algunas jurisdicciones descuentan además una tolerancia antes de labrar el acta; no hay una regla única.

Cómo saber si el radar estaba verificado

  • Provincia de Buenos Aires: InfraccionesBA publica un mapa de los 252 equipos fijos de jurisdicción provincial (rutas, autopistas y autovías) con la documentación que necesitan para operar. Buscá el equipo de tu acta y mirá sus fechas.
  • En el resto del país: pedí en el descargo que acompañen el certificado de aprobación de modelo y el de la última verificación periódica del equipo, con su número de serie. El generador de descargo ya incluye ese pedido.
  • El listado del INTI no sirve para esto: el INTI publicó en datos.gob.ar un listado de cinemómetros verificados, pero su última actualización es de julio de 2023. Que un radar no figure ahí no prueba que no esté verificado.

En los radares Doppler, el registro de la infracción tiene que mostrar al menos: fecha, hora y minuto, velocidad medida, ubicación del equipo, una vista del lugar y la velocidad máxima permitida (Resolución 753/98, punto 4.5.2). Si falta alguno, anotalo para el descargo.

Señalización de los controles

En la Provincia de Buenos Aires, cuando un radar está en un tramo donde la velocidad permitida es menor que la máxima que fija la Ley 24.449, su existencia tiene que señalizarse con un cartel vertical al menos 500 metros antes (Ley 13.927, art. 28 bis). Otras jurisdicciones tienen reglas propias. Si el cartel no estaba o no se veía, sacá fotos del lugar con fecha: son la prueba del descargo.

Notificación: a quién llega y cuánto tarda

La cámara identifica la patente, no a quien manejaba, así que el acta se genera a nombre del titular registral y se notifica a su domicilio. En la Provincia de Buenos Aires, la notificación de las infracciones de radares fijos tiene que hacerse dentro de los 60 días hábiles de la infracción (Ley 13.927, art. 28), y en general toda notificación debe despacharse en ese plazo (art. 35). En otras jurisdicciones el plazo cambia.

Que no te haya llegado el papel no significa que el acta no exista: puede estar cargada antes. Por eso conviene consultar por patente cada tanto. Si la notificación llegó fuera de plazo o nunca llegó en forma fehaciente, es un argumento para el descargo, y con el tiempo el acta puede prescribir: casi todas las fotomultas (velocidad y semáforo) son faltas graves, que con la Ley 24.449 prescriben a los 5 años.

Cómo impugnar una fotomulta

Con un descargo ante quien labró el acta, dentro del plazo de la notificación. Los argumentos que más prosperan:

  1. Equipo sin verificación vigente o acta que no identifica el equipo y su verificación.
  2. Medición dentro del margen de error (±3 km/h o ±3 %).
  3. Falta de señalización donde la norma la exige.
  4. Errores en el acta o en la imagen: otro vehículo, patente mal leída o duplicada, fecha u hora incorrectas.
  5. No manejabas o ya no era tu auto: identificás al conductor o denunciás al comprador.
  6. Notificación tardía o inexistente, o prescripción si el acta es vieja.

El generador de descargo arma el escrito para cada uno de estos motivos y te dice dónde presentarlo. Tené en cuenta que, en muchas jurisdicciones, discutir la multa te hace perder el descuento del pago voluntario.

Fotomultas y puntos de la licencia

Cuando la sanción queda firme, la fotomulta descuenta puntos igual que un acta de un inspector. Pagar con descuento también cuenta como sanción firme. Según el Decreto 242/2022:

  • Exceso de velocidad de entre el 10 % y el 30 %: 5 puntos.
  • Exceso de velocidad de más del 30 %: 10 puntos.
  • No detenerse con luz roja: 5 puntos.

Los puntos se descuentan al titular, salvo que pruebe que había vendido el auto o que no estaba bajo su tenencia, denunciando al comprador o tenedor. Más en puntos de la licencia.

Preguntas frecuentes sobre fotomultas

¿Es válida una fotomulta si el radar no está verificado?

El radar (cinemómetro) tiene que tener aprobación de modelo y una verificación periódica que no puede superar un año (Ley 19.511 y Resolución 753/98). Si la verificación no estaba vigente el día de la infracción, la medición es cuestionable y es uno de los argumentos más sólidos para el descargo. En el descargo podés pedir que acompañen el certificado.

¿Cómo sé si el radar que me multó estaba verificado?

En la Provincia de Buenos Aires, el mapa de radares de InfraccionesBA muestra cada equipo fijo con su documentación. En otras jurisdicciones, pedí el certificado de la última verificación en el descargo. El listado de cinemómetros verificados que publicó el INTI en datos.gob.ar está desactualizado (llega a julio de 2023), así que no sirve para saberlo hoy.

¿Cuál es el margen de error de un radar?

Según la Resolución 753/98, el error de un radar en uso tiene que estar dentro de ±3 km/h para velocidades menores a 100 km/h y de ±3 % para velocidades de 100 km/h o más. Si la diferencia entre tu velocidad medida y el máximo es menor que ese margen, vale la pena revisar el acta.

¿El radar tiene que estar señalizado?

Depende de la jurisdicción. En la Provincia de Buenos Aires, cuando el radar está en un tramo donde la velocidad permitida es menor que la máxima de la ley, tiene que haber un cartel al menos 500 metros antes (Ley 13.927, art. 28 bis). Si no lo había, sacá fotos del lugar para el descargo.

¿Cuánto tarda en llegar una fotomulta?

En la Provincia de Buenos Aires, la notificación de un radar fijo tiene que hacerse dentro de los 60 días hábiles de la infracción (Ley 13.927). En otras jurisdicciones el plazo cambia. Igual conviene consultar por patente cada tanto: el acta puede estar cargada antes de que llegue el papel.

La fotomulta llegó a mi nombre pero manejaba otra persona, ¿qué hago?

La cámara identifica la patente, no a quien manejaba, así que el acta va al titular. En el descargo identificá a quien conducía con sus datos. Si vendiste el auto antes de la fecha de la multa, denunciá al comprador. Si no lo hacés, la multa y los puntos quedan a cargo del titular.

¿Las fotomultas descuentan puntos?

Sí, cuando la sanción queda firme (pagar con descuento cuenta como sanción firme). Según el Decreto 242/2022, un exceso de velocidad de entre el 10 % y el 30 % resta 5 puntos, uno de más del 30 % resta 10, y no frenar con luz roja resta 5.

¿Puedo pedir la foto de la infracción?

Sí: la imagen es la prueba del acta. En los radares Doppler, el registro tiene que mostrar al menos la fecha, la hora y el minuto, la velocidad medida, la ubicación del equipo, una vista del lugar y la velocidad máxima permitida (Resolución 753/98). Si falta alguno de esos datos o la foto no es de tu auto, es un argumento para el descargo.

Fuentes: Ley 19.511 de Metrología Legal y Resolución 753/98 (cinemómetros), Anexo I, puntos 4.5.2, 5.1.3 y 6; Ley 13.927 de la Provincia de Buenos Aires (arts. 28, 28 bis y 35) y mapa de radares de InfraccionesBA; Decreto 242/2022; Ley Nacional de Tránsito 24.449. Multas Online es un sitio informativo independiente, no oficial. No procesamos pagos ni brindamos asesoramiento legal individual.