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Prescripción de multas de tránsito: plazos y cómo pedirla

No guardamos ningún dato que cargues. Calculá si tu multa ya prescribió y, si es así, armá el pedido para que la den de baja.

✓ Gratis🔒 No se envía nadaActualizado 10/2026
Calculadora: ¿ya prescribió tu multa?
Cargá la fecha del acta y te decimos cuándo prescribe. No se envía ni se guarda nada
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¿Dónde te hicieron la multa?
Algunas provincias tienen su propio código de faltas: confirmá el plazo en la página de tu jurisdicción.
¿En qué estado está?
¿Qué tipo de falta es?
La que figura en el acta o en la fotomulta.
Otra falta grave posterior, una citación notificada o una resolución del juzgado.

Respuesta rápida: con la Ley Nacional de Tránsito 24.449 (rutas nacionales, Provincia de Buenos Aires y provincias adheridas), la acción por una falta leve prescribe a los 2 años y por una falta grave a los 5 años, desde la fecha del acta; la multa ya firme prescribe a los 5 años. En CABA (Ley 451) son 5 años para cualquier falta y 2 años para la multa firme. El plazo vuelve a cero si cometés otra falta grave o si el trámite avanza con actos válidos, y la prescripción hay que pedirla: no se borra sola.

Plazos de prescripción según la ley

Hay dos plazos distintos: el de la acción (el tiempo que tiene el Estado para juzgarte por el acta) y el de la sanción (el tiempo para cobrarte una multa que ya quedó firme).

NormaAcción por falta leveAcción por falta graveMulta firme (sanción)
Ley 24.449, art. 89
Rutas nacionales, PBA y provincias adheridas
2 años5 años5 años
Ley 451 de CABA, arts. 15 y 375 años5 años2 años

¿Mi multa es leve o grave?

El art. 77 de la Ley 24.449 enumera las faltas graves. Entre las más comunes:

  • Exceder la velocidad máxima o mínima (con una tolerancia de hasta el 10 %).
  • No respetar los semáforos.
  • Manejar con alcohol o estupefacientes.
  • Usar el celular, auriculares o pantallas mientras manejás.
  • Manejar sin estar habilitado, sin el seguro obligatorio, sin patente o sin la documentación exigible.
  • Obstruir la circulación u ocupar lugares reservados (por ejemplo, paradas del transporte público).
  • Las que, en general, resulten atentatorias a la seguridad del tránsito.

Por eso casi todas las fotomultas (velocidad y semáforo) son faltas graves: con la ley nacional, su acción prescribe a los 5 años. Las leves son, típicamente, infracciones de estacionamiento que no obstruyen ni ocupan lugares reservados.

Prescripción en CABA, Provincia de Buenos Aires y el resto del país

JurisdicciónPlazosQué lo interrumpe
CABA (Ley 451)Acción: 5 años desde la falta (art. 15). Multa firme: 2 años desde que quedó firme (art. 37).La citación fehacientemente notificada para comparecer y la sentencia condenatoria judicial, aunque no esté firme (art. 16). La de la multa firme, la demanda de cobro.
Provincia de Buenos Aires (Ley 13.927)La provincia adhiere a la Ley 24.449: leve 2 años, grave 5, sanción 5.Una nueva falta grave o la secuela del juicio. Según InfraccionesBA, firmar el plan de pago también la interrumpe.
Rutas nacionales y juzgados adheridosLey 24.449: leve 2 años, grave 5, sanción 5.Una nueva falta grave o la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial.
Otras provincias y municipiosMuchas adhieren a la Ley 24.449; otras tienen su propio código de faltas.Lo que diga su norma. Lo indicamos en cada página de jurisdicción.

Mirá el detalle de CABA, Provincia de Buenos Aires, rutas nacionales (SINAI) o buscá tu provincia o municipio en el directorio.

Desde cuándo se cuenta el plazo

  • La acción se cuenta desde el día en que se cometió la infracción, que es la fecha del acta o de la fotomulta. No cuenta desde que te notificaron ni desde que la viste en una consulta. La Ley 451 de CABA lo dice expresamente ("de cometida la falta"); la Ley 24.449 remite a la parte general del Código Penal (art. 90), que también cuenta desde el día del hecho.
  • La multa firme se cuenta desde el día en que quedó firme la resolución o sentencia que la impuso.
  • Los años se cuentan de fecha a fecha: un acta del 10/03/2021 con plazo de 5 años vence el 10/03/2026.

Si te aparece un acta de hace varios años, anotá su fecha y su número: son los dos datos que vas a necesitar. Podés buscarla en la consulta por patente (CABA, Provincia de Buenos Aires y sistema nacional a la vez).

Qué interrumpe la prescripción

El plazo no corre en línea recta. Cuando se interrumpe, todo el tiempo que había pasado se pierde y el reloj vuelve a cero desde la fecha del acto que lo interrumpió.

  • Una nueva falta grave. Con la Ley 24.449, cometer otra falta grave interrumpe la prescripción de tus actas anteriores. Es lo que más se olvida: si en esos años tuviste otra fotomulta por velocidad o por semáforo, el plazo puede haberse reiniciado.
  • La secuela del juicio. Son los actos que impulsan el procedimiento contravencional, ejecutivo o judicial: por ejemplo, la citación o la resolución que te impone la multa. Qué actos cuentan exactamente lo interpreta cada juzgado.
  • En CABA, solo dos actos interrumpen la acción: la citación fehacientemente notificada para comparecer y la sentencia condenatoria en sede judicial, aunque no esté firme. Para la multa firme, la demanda de cobro.
  • Reconocer la deuda. Pagar o firmar un plan de pago implica reconocerla. En la Provincia de Buenos Aires, el plan de pago funciona expresamente como causa de interrupción.

Una notificación que nunca llegó o que se mandó a un domicilio equivocado no es una notificación fehaciente. Si nunca te notificaron nada en esos años, tu pedido de prescripción es más sólido.

Cómo pedir la prescripción paso a paso

Aunque el plazo esté cumplido, el acta suele seguir figurando como deuda hasta que alguien pide la prescripción y la autoridad la declara. Estos son los pasos:

  1. Reuní los datos. Número de acta, patente, fecha de la infracción y quién la labró (municipio, provincia o juzgado).
  2. Verificá el plazo. Usá la calculadora y pensá si hubo algo que lo haya interrumpido: otra falta grave, una citación o una resolución notificada.
  3. Armá el escrito. Completá el modelo de abajo: se arma solo con tus datos.
  4. Presentalo ante quien tiene la causa. En CABA, ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas. En la Provincia de Buenos Aires, ante el Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito Provincial (rutas provinciales) o el Juzgado de Faltas del municipio. En el resto, ante el juzgado de faltas que figura en el acta. Si vivís a más de 60 km del juzgado, la Ley 24.449 (art. 71) te permite presentarte por escrito por correo postal fehaciente.
  5. Guardá el comprobante y seguí el trámite. Si declaran la prescripción, pedí que den de baja la deuda en los sistemas de consulta.

Modelo de pedido de prescripción (se completa solo)

Completá tus datos y el escrito se arma abajo. Usa la jurisdicción, el estado y las fechas que cargaste en la calculadora. Podés editarlo antes de copiarlo o descargarlo. Nada sale de tu navegador.

Qué pasa con una multa vieja que sigue apareciendo

  • No te impide vender ni transferir el auto. Desde el DNU 70/2023 y la Disposición DNRPA 142/2024, ninguna deuda de multas o de patente puede frenar la transferencia. Más en libre deuda de patente e infracciones.
  • Sí puede aparecer al tramitar la licencia. Para sacar o renovar la licencia hay que tener pagas las multas con sentencia firme de las jurisdicciones adheridas, y varias aparecen al pedir el CENAT. Si una es vieja, pedí la prescripción con tiempo, antes del turno.
  • Pagar no siempre es lo más barato. Si es una sola acta de monto chico, a veces conviene pagar para destrabar rápido. Si son varias o el monto es alto, conviene el pedido formal.

Preguntas frecuentes sobre prescripción de multas

¿En cuánto tiempo prescribe una multa de tránsito en Argentina?

Con la Ley Nacional de Tránsito 24.449 (art. 89), que aplica en rutas nacionales, en la Provincia de Buenos Aires y en las provincias adheridas: la acción por una falta leve prescribe a los 2 años, la acción por una falta grave a los 5 años y la multa ya firme (sanción) también a los 5 años. En la Ciudad de Buenos Aires rige la Ley 451: 5 años para la acción por cualquier falta y 2 años para la multa ya firme.

¿Desde cuándo se cuenta el plazo?

Para la acción, desde el día en que se cometió la infracción (la fecha del acta), no desde que te notificaron ni desde que la viste en el sistema. Para la multa ya firme, desde el día en que quedó firme la resolución que la impuso. Los años se cuentan de fecha a fecha.

¿Qué interrumpe la prescripción?

Con la Ley 24.449, cometer una nueva falta grave (en cualquier lugar) o la secuela del juicio, es decir, los actos del procedimiento contravencional, ejecutivo o judicial. En CABA, la citación fehacientemente notificada para comparecer y la sentencia condenatoria aunque no esté firme; para la multa firme, la demanda de cobro. Firmar un plan de pago también la interrumpe, porque reconocés la deuda. Cuando se interrumpe, el plazo vuelve a empezar desde cero.

¿Una fotomulta por velocidad o por semáforo es leve o grave?

Grave. El art. 77 de la Ley 24.449 considera faltas graves exceder la velocidad máxima (con una tolerancia de hasta el 10 %) y no respetar los semáforos, entre otras. Por eso, con la ley nacional, la acción por esas fotomultas prescribe a los 5 años. En CABA el plazo de la acción es de 5 años para cualquier falta.

¿La multa prescripta desaparece sola del sistema?

En la práctica, no. Aunque el plazo esté cumplido, el acta suele seguir figurando como deuda hasta que alguien pide la prescripción y la autoridad la declara. Se pide por escrito ante el juzgado o la unidad de faltas que tiene la causa; más arriba tenés un modelo que se completa solo con tus datos.

¿Una multa vieja me impide vender o transferir el auto?

No. Desde el DNU 70/2023 y la Disposición DNRPA 142/2024, ninguna deuda de multas o de patente, esté prescripta o no, puede frenar la transferencia: el informe de infracciones es opcional. Donde sí puede aparecer es al tramitar la licencia de conducir, porque hay que tener pagas las multas con sentencia firme. Si es vieja, pedí la prescripción antes del turno.

¿La prescripción borra los puntos del scoring?

Son cosas distintas. La prescripción extingue la acción o la multa; los puntos se descuentan solo por sanciones firmes, y se recuperan por el paso del tiempo sin nuevas infracciones o con cursos. Si la acción prescribió antes de que hubiera una sanción firme, no debería haber descuento de puntos por esa acta.

Fuentes: Ley Nacional de Tránsito 24.449, arts. 71, 77, 89 y 90 (texto según Ley 26.363); Ley 451 de la Ciudad de Buenos Aires, arts. 15, 16 y 37; Ley 13.927 de la Provincia de Buenos Aires, arts. 1 y 33; preguntas frecuentes de InfraccionesBA; DNU 70/2023 y Disposición DNRPA 142/2024. Multas Online es un sitio informativo independiente, no oficial. La calculadora es orientativa: no conoce los actos del expediente que pudieron interrumpir el plazo. Ante una situación concreta, consultá la normativa de tu jurisdicción o a un profesional.